¿Qué necesitas para ejercer tu profesión en el Reino Unido?

(Guest Post – Entrada invitada de Guillermo Urbina – Traductor e intérprete acreditado)

Lo primero que debes hacer, es verificar si tu profesión se considera una profesión regulada en el Reino Unido. Para hacer esto, visita esta web y busca tu profesión.

Si tu profesión no está regulada, puedes ejercer sin problema. Sin embargo, en algunos sectores es necesario que el centro de cualificaciones emita una comparación oficial. La página web es ésta de NARIC y las tasas son de aproximadamente £55.

Ten en cuenta que no es un requisito fundamental obtener este certificado para ejercer la gran mayoría de las profesiones, aunque es posible que la empresa desee revisar esta comparativa antes de contratarte. Lo más habitual es que no lo necesites, pero ten en cuenta que dependerá mucho de la empresa y el sector.

 

¿Qué hago si mi profesión es regulada?

Si tu profesión es regulada, deberás cumplir con los requisitos especificados por la autoridad reguladora de tu profesión que, en cualquier caso, deben seguir las pautas previstas en la Directiva 2005/36/CE.

Algunas profesiones (arquitectos, dentistas, médicos, matronas, enfermeros, farmacéuticos y veterinarios) gozan de reconocimiento automático. Sin embargo, el resto de las profesiones reguladas siguen el llamado “régimen general”, cuyos pasos especifica cada autoridad reguladora.

 

¿Cuál es el proceso a seguir para obtener el reconocimiento automático?

Debes consultar las pautas especificadas por la autoridad reguladora de tu profesión pero, a grandes rasgos, sólo tendrás que enviar una solicitud, tu título (es posible que necesites una traducción) y pagar las tasas, si existen.

 

¿Cuál es el proceso a seguir para el reconocimiento bajo el “régimen general?

Generalmente el proceso a seguir y los requisitos son prácticamente iguales para todas las profesiones del régimen general. La mayor diferencia radica en la autoridad a la que deberás dirigirte.

A título de ejemplo, incluimos los pasos para la obtención de la credencial de profesor (QTS) para enseñar en el Reino Unido. Todos los pasos los puedes encontrar en la entrada del blog: Trabajar de profe en Inglaterra. ¿Cómo conseguir el QTS?

 

¿Qué es una traducción “certificada”? ¿Es lo mismo que una traducción jurada?

La legislación en Inglaterra y Gales no prevé la figura del traductor jurado como estamos acostumbrados a entenderla en España.

La traducción de documentos en Inglaterra no se considera una profesión regulada y, por tanto, en principio, su ejercicio está abierto a cualquiera.

En Inglaterra, una traducción certificada es aquélla hecha y firmada o sellada por un traductor profesional, generalmente acompañada de un “certificado de veracidad” que contiene las cualificaciones del traductor, su nombre y dirección, así como su firma y/o sello.

 

¿Significa esto que puedo traducir mis documentos yo mismo?

No.

La traducción debe ser hecha por un traductor profesional que no seas tú (para que no haya conflicto de intereses), debe estar firmada o sellada y se debe poder identificar fácilmente a la persona que hizo la traducción. Si el traductor comete errores flagrantes y/o actúa de mala fe (por ejemplo, inventándose notas o traduciendo un título que no existe), éste puede ser acusado de negligencia profesional o incluso de falso testimonio por las autoridades, que aplicarían las sanciones correspondientes (desde una multa hasta pena de cárcel). Además, es posible que la autoridad reguladora no reconozca una traducción hecha por un traductor no cualificado y que tengas que comenzar el proceso desde cero.

En general, lo más recomendable es optar por cualquiera de las siguientes opciones:

  • Recurrir a un traductor con cualificaciones profesionales reconocidas por el gobierno británico (DPSI, DipTrans, etc.).
  • Recurrir a un traductor de los que se encuentran registrados en la base de datos de intérpretes públicos en el Reino Unido. Puedes consultar la base de datos en NPRSI.
  • Recurrir a un traductor jurado en España.

Cualquiera de estas opciones no debería suponer problema alguno para que las autoridades reconozcan la traducción y te expidan el certificado correspondiente.

 

Médicos en Londres

(Guest Post – Entrada invitada de Miriam Fuentes)
Hola Menchu,

¿Qué tal? Espero que todo vaya avanzando aunque sea poquito a poco.

 

Te escribo para contarte lo que le pasó a mi amigo con el médico hace poco menos de un mes. Más tarde dejaré un comentario en el blog con las últimas noticias del QTS porque creo que ya me lo han concedido y estoy un poco flipando…En fin, a lo que iba. Para ponerte en antecedentes, mi amigo (al que si te parece llamaremos Juan, por ejemplo) trabaja de profesor de natación en un gimnasio; tiene contrato y está todo en regla. Hace casi un mes se cayó del monopatín (por ir de moderno) y se rompió un codo. Nada más caerse fue al hospital donde le hicieron una radiografía y sin llegar ni a tocarle le dijeron que no moviera el brazo durante un par de semanas y después vida normal.

 

Con esa información fue a su trabajo y ahí le dijeron que necesitaban una baja firmada por su médico, lo que aquí llaman “GP” (si meto la gamba en algo, discúlpame, pero con este tema ando un poco perdida). Juan no tenía GP y fue al que mejor le pillaba de casa ese mismo día y allí le dijeron que el procedimiento era el siguiente: en ese momento tenía que rellenar un formulario con sus datos; una vez hecho esto, tenía que pedir una cita para que el médico le hiciese un reconocimiento general para hacerle una ficha; y después tenía que pedir otra cita para que le diese la baja.

 

La intención de Juan era conseguir la baja cuanto antes para poder regresar a España porque allí tiene seguro médico privado y quería que le llevaran allí. Con lo cual, te puedes imaginar que Juan no se conformó con lo que le dijeron e insistió hasta que ya la chica de recepción se metió dentro y después de un rato salió y le dijo: “Ahora mismo el doctor no te puede atender, pero vente a las 4 que tiene hueco. Eso sí, tendrás que traer algo de dinero”. Juan preguntó que cómo que algo de dinero y la chica respondió que sí, que con unos 25 pounds sería suficiente.

 

Un poco a cuadros, Juan volvió a las 4 y efectivamente el médico le atendió y una vez más sin llegar ni a tocarle el brazo, le preguntó que de cuánto tiempo quería la baja. Juan le dijo la fecha (como unas dos semanas desde ese día), el médico la puso y firmó. Y una vez más salió a relucir el tema del dinero. El médico le dijo que eran 25 pounds. Juan le pagó y sin darle ningún recibo ni nada parecido, llevó la baja al trabajo y al día siguiente estaba volando hacia España.

 

Igual yo soy muy ingenua y esto es lo más normal del mundo, pero cuando me lo contó me pareció alucinante. Me hace plantearme qué ocurriría si, ojalá que no, nos pasase algo grave a los que no somos de aquí. Si en España pierdes el derecho a sanidad pública si te vas más de tres meses y aquí está así la cosa… No sé, quería comentártelo por si soy una dramas y la cosa no es para tanto, a ver si tú has tenido alguna situación parecida o conoces a alguien que le haya pasado algo así.

 

Muchas gracias de antemano como siempre por tu tiempo y tu ayuda.

 

Un besazo!

 

Miriam Fuentes.